Las normas jurídicas, consecuencia del Estado Constitucional de Derechos y Justicia

La constitución es rígida y no puede ser reformada por procedimientos parlamentarios ordinarios.

En el Estado Constitucional, los actos públicos y privados están sometidos a la Constitución, incluso la ley, contrario al principio de la legalidad en el Estado de Derecho, por el cual todo acto del poder solo puede hacer lo determinado en la ley y todo acto privado es permitido en cuanto no esté prohibido.

Existen prohibiciones a los legisladores, pues no pueden emitir leyes contrarias a la Constitución o los derechos y existe un marco referencial para legislar.

En el estado constitucional la centralidad o importancia son los derechos de las personas, en el Estado Legal es la Ley.

La Fuente principal es la Asamblea Constituyente (Ecuador), en el Estado Legal el parlamento. En el Estado Legal el que interpreta la ley es el parlamento, en el Estado Constitucional el que resuelve los conflictos en última instancia por violación de preceptos constitucionales es la Corte Constitucional.

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