Características esenciales de los derechos de la personalidad

Las características esenciales de los derechos de la personalidad, son: Irrenunciables; están fuera de comercio; y, tienen un preponderante aspecto extrapatrimonial, siendo por lo mismo de carácter moral.

Irrenunciables

Los derechos de la personalidad están íntimamente unidos a la persona misma. Por tanto, la persona no puede desprenderse de los atributos que constituyen su personalidad, por su propia voluntad.

Están fuera de comercio

Los derechos de la personalidad no son susceptibles de enajenación, cambio, transacción u otro negocio jurídico cualquiera, por tanto, esos derechos son intransferibles e intransmisibles. Tampoco son embargables. Nadie podría ceder o permutar su condición de padre o de hijo.

Tiene un carácter preponderantemente moral

Los derechos de la personalidad pueden tener como efecto o resultado aspectos de carácter patrimonial. El cónyuge o los hijos fundados en su estado civil, tienen derecho a alimentos, a herencia, etc.

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